Abogado administrativo

El Estado colombiano es responsable de indemnizar los perjuicios causados a los particulares en ejercicio de sus funciones. Por eso nuestro equipo de profesionales es experto en reclamaciones para la protección y reparación de los derechos de las víctimas.

Procesos Judiciales

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Indemnización de perjuicios por privación injusta de libertad

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Indemnización de perjuicios por muerte o lesiones de reclusos en centros penitenciarios

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Indemnización de perjuicios
por error judicial

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Responsabilidad del
Estado Legislador

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Daños causados por la conducción de redes de energía eléctrica

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Falla del servicio de seguridad de la fuerza pública (Policía, Fuerzas Militares, etcétera)

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Indemnización de perjuicios
por actos terroristas

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Daños causados con armas
de dotación oficial

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Falla del servicio en centros educativos oficiales

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Ocupación de inmueble por
causa de trabajos públicos

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Indemnización de perjuicios por muerte o lesiones sufridas por el mal estado de las vías o por su falta de señalización

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Preguntas frecuentes

¿Cuáles son los daños más frecuentes que dan lugar a una solicitud de indemnización de perjucios por parte de las entidades públicas?

Cuando el Estado realiza sus funciones puede causar daños que los particulares no se encuentran en la obligación de soportar. Los casos más frecuentes son por negligencias médicas de entidades públicas de salud; accidentes viales por falta de mantenimiento de las vías públicas o carencia o insuficiencia de la señalización existente; muerte o lesiones de reclusos en centros penitenciarios; falla del servicio por privación injusta de la libertad y daños causados por la conducción de redes de energía eléctrica.

¿Cuánto tiempo tengo para demandar el perjuicio causado por una entidad pública?

El artículo 164 del CPACA señala que las víctimas de daños generados por entidades públicas tienen por regla general dos (2) años para presentar la demanda contados desde el momento en que ocurrió el hecho generador del daño.

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